martes, 19 de marzo de 2013

“Siempre intento hacer ver a las empresas y a los trabajadores que la prevención es una necesidad, una inversión a futuro”

(PL 74) ENTREVISTA. ETR-CristinaCenalmor.doc. Manuel Domene. Palabras: 2.403

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Cristina Cenalmor, Inspectora de Trabajo y Seguridad Social

Cristina Cenalmor recuerda que la principal herramienta con que cuenta la Inspección para lograr el cumplimiento de la norma es la actividad sancionadora

“La prevención no es una mera imposición, o ‘impuesto revolucionario’, sino una necesidad, una inversión a futuro en la empresa y una forma de evitar responsabilidades, incluso hasta penales”. Así concibe Cristina Cenalmor, Inspectora de Trabajo y Seguridad Social” su labor. El reto es difícil: proteger a los trabajadores de sus propias imprudencias, y a las empresas de sus incumplimientos, consiguiendo con ello frenar la lacra de la siniestralidad laboral, que ha mermado por el discreto avance de la cultura preventiva, combinado con el drástico parón de la actividad económica.

Después de casi dieciocho años de la entrada en vigor de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, Cristina Cenalmor da por supuesto que la Inspección debe continuar con su papel de control   en materia laboral, disponiéndose además para exigir en el tajo –como demanda la sociedad- la prevención de los riesgos psicosociales, un capítulo todavía invisible para la mayoría de las empresas.

-¿Cómo es un día cualquiera en su trabajo como inspectora de trabajo?
-Cristina Cenalmor. El trabajo de inspector es muy variado ya que nuestra función consiste tanto en la visita a la empresa como citación en las oficinas de Inspección y, finalmente, redactar los informes o, en su caso, actas de infracción que finalizan la orden de servicio. El cómo encaramos un expediente (si realizamos visita o no) depende de la materia que trate el expediente, normalmente las actuaciones de seguridad y salud conllevan visita de inspección para acreditar las posibles deficiencias en esa materia.

-¿Qué prefiere: actuar a instancia de parte o, dicho en términos coloquiales, ‘peinar’ el territorio en busca de infractores?
-C. C. Siempre resulta más gratificante actuar a instancia de parte, porque sientes que estás prestando una ayuda al atender las necesidades de un trabajador en concreto. En Barcelona, tal vez más que en otras provincias, existe mayor costumbre de denuncia.
No obstante, las campañas de inspección en que actuamos en empresas, por sectores de actividad, resultan también convenientes puesto que inspeccionamos algunas, que tal vez nunca han sido denunciadas, pero que incurren en muchas infracciones.

-Una de las críticas a la I. T. es la falta de medios de ésta, lo que la llevaría, según un sector del empresariado, a ‘abusar de la actividad sancionadora’. ¿Qué opina al respecto?
-C. C. Actualmente creo que tenemos el personal y los medios suficientes para desarrollar nuestra tarea, en las visitas y el control de infracciones. No obstante, es imposible llegar a todos los lados. Sobre el “abuso de la actividad sancionadora”, creo que no es cierto, ya que siempre se tiende a buscar la proporcionalidad, pero lo que no hay que olvidar es que, en última instancia, la principal herramienta con que cuenta la Inspección para lograr el cumplimiento de la norma es la actividad sancionadora, aunque no es el fin buscado; y dentro del global de nuestras actuaciones se busca la negociación antes que el acta de infracción.

 “Por desgracia, después de 18 años de Ley de Prevención de Riesgos Laborales, aún hay muchas empresas que no saben nada de qué es eso de la prevención”

-En su caso particular, ¿qué prima: la LISOS o la pedagogía con el infractor?
-C. C. Yo siempre busco una función más pedagógica, se intenta requerir, ser constructivo y lograr el cumplimiento de la norma como fin de nuestra actuación. Soy consciente que el acta de infracción en ocasiones perjudica más que otra cosa pero a veces sólo nos queda esa opción, cuando no se logra el cumplimiento. No obstante, en materias como la Seguridad Social, y especialmente en la época en que nos encontramos, se debe sancionar cuando hay incumplimiento manifiesto.

-¿Podría darnos una tipología de las infracciones más frecuentes en materia de seguridad laboral?
-C. C. Los tipos más habituales son la falta de integración de la prevención de riesgos laborales del 12.15 del TRLISOS (ya que por desgracia después de 18 años de Ley de Prevención de Riesgos Laborales aún hay muchas empresas que no saben nada de qué es eso de la prevención) y los incumplimientos materiales del 12.16 del TRLISOS, especialmente en la investigación de accidentes de trabajo.

-¿Cuál es la realidad que se encuentra usted en cuanto a la evaluación de riesgos en general, y del riesgo psicosocial en particular?
-C. C. Lo más habitual es que la empresa ya tenga hecha la evaluación de los riesgos de la empresa, aunque a menudo no están completas o actualizadas. En referencia a la evaluación de riesgos psicosociales es menos habitual encontrarla hecha, es por ello que nuestro trabajo y nuestra actuación tiende a requerir a la empresa para que la elabore, especialmente ante casos de conflictividad laboral.

-¿Qué le sugiere un reciente fallo judicial que consideraba literalmente el tocamiento por parte de un trabajador de las nalgas de una compañera como ‘un acto de cariño’ no constitutivo de acoso sexual?
-C. C. Personalmente, como inspectora especializada en los casos de discriminación por razón de sexo y acoso sexual, me parece una sentencia contraria a toda la jurisprudencia con la que trabajamos, en que se fija como importante la percepción de la víctima sobre qué actos son humillantes, ofensivos, intimidatorios para ella y, por tanto, susceptibles de ser considerados acoso sexual. Desde el punto de vista de la prevención y de la protección de los trabajadores, me parece una barbaridad.

¿Es posible definir un perfil de empresa infractora en materia de seguridad de los trabajadores?
-C. C. No podría identificar un perfil concreto ya que depende del sector que estemos inspeccionando, en algunos sectores las sanciones más importantes son por falta de prevención de riesgos laborales, en otros como la industria serían más importantes las infracciones por deficiencias materiales…

-¿Asistimos a un descenso de la siniestralidad meramente coyuntural por la caída de la actividad?
-C. C. Yo creo que obviamente esta crisis generalizada ha influido, ya que, por desgracia, son muchas las empresas que han cerrado en los últimos años. No obstante, confío en que nuestra labor y la actitud prevencionista vayan calando también para lograr esa disminución de la siniestralidad.

-¿Cotiza el valor vida a la baja en el ámbito laboral, especialmente en una época de “vacas flacas”?
-C. C. No debería en ningún caso, por cuanto la propia Ley 31/1995 especifica que no se tendrá que condicionar la prevención de riesgos a criterios económicos. Sin embargo, lo cierto es que, ante las dificultades económicas, las empresas reducen en todo lo que pueden y, a veces, la prevención de riesgos también se lleva un tijeretazo o un aplazamiento.

-Autónomos, pymes, colectivos de trabajadores inmigrantes, empresas familiares… ¿Cómo transmite el mensaje de la prevención a quienes la ven como un problema?
-C. C. Siempre intento hacer ver a las empresas (y por desgracia muchas veces también a los trabajadores, reacios a la conducta prevencionista) que ésta no es una mera imposición, o impuesto revolucionario, sino una necesidad, una inversión a futuro en la empresa y una forma de evitar responsabilidades, incluso hasta penales. Para los autónomos siempre insisto en que es su propia vida lo que está en juego, que son ellos a los que les corresponde velar por su seguridad y salud. Sólo la pedagogía logrará proteger a algunos colectivos, poco concienciados con la seguridad, de sus propias imprudencias.

-¿Qué nota media sacamos los españoles en cultura preventiva después de más de 15 años de Ley de Prevención de Riesgos Laborales? ¿Qué sugiere para subir el nivel?
-C. C. Como ya he comentado, creo que la cultura preventiva también varía según el sector, hay algunos que con carácter general trabajan muy bien, en otros sin embargo la prevención es casi inexistente. En mi opinión, la nota media sería un 6…
La propuesta para subir el nivel en cultura preventiva creo que pasa principalmente por una mayor formación e información sobre las ventajas de la prevención y de las responsabilidades que se pueden derivar de los riesgos en el puesto de trabajo.

-Sabemos que un euro dedicado a prevención genera retornos de la inversión de más del doble. ¿Cómo les explica a los escépticos que la prevención es rentable?
-C. C. Tal y como decía al referirme a nuestra función pedagógica, intentamos explicar la necesidad y conveniencia de tomar en cuenta la prevención de riesgos laborales, por los beneficios de todo orden –también económicos- que se derivan para la sociedad en su conjunto. Invertir en prevención es rentable, como usted señala, y ése es el mensaje que trasladamos a las empresas, aunque hay quien no se rinde a la evidencia. En esos casos, cuando una empresa persiste en un incumplimiento, poniendo en riesgo la seguridad de sus trabajadores, la Inspección deber requerir que se subsane la situación, o proceder, en última instancia, a la imposición de sanciones.

-¿Qué se le pasa por la cabeza cuando, fuera de su horario laboral, presencia la escena –nada infrecuente- de un operario de la construcción evolucionando por un forjado o un lugar elevado de la obra sin casco ni sistema anticaídas, y con riesgo evidente para su vida?
-C. C. Aunque no debiera suceder, es una escena frecuente, que invita a la reflexión… ¿Dónde está el empresario o el recurso preventivo en esos momentos? El primer impulso que siento es el de entrar y detener la actividad de riesgo. Alguna vez le he comentado al trabajador medio colgado del andamio, sin ningún tipo de protección, lo peligroso de su comportamiento. El problema es que aún coexisten, con los comportamientos seguros de una mayoría, actitudes de desafío al riesgo por falta de concienciación o, sencillamente, ausencia total de cultura preventiva. El empresario, y subsidiariamente la Inspección, deben proteger al trabajador de sus propias imprudencias.

-¿Quién vigila y –si es el caso, sanciona- a la Administración por incumplimientos en materia de seguridad laboral?
-C. C. Nosotros tenemos competencia para comprobar el cumplimiento de las normas en materia de prevención de riesgos laborales en la Administración Pública. No obstante, no se sanciona. En la Administración Pública del Estado es de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 707/2002, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre el procedimiento administrativo especial de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y para la imposición de medidas correctoras de incumplimientos en materia de prevención de riesgos laborales en el ámbito de la Administración General del Estado (en el ámbito de la Administración Catalana se regula en el Reial Decret 193/2007, de 4 de septiembre).

El reto de nuestra sociedad es, según Cenalmor, dar visibilidad al riesgo
psicosocial y prevenirlo

-¿Cómo cree que será el 2013 en lo tocante a prevención de riesgos laborales?
-C. C. Parece que se prevé un año sin grandes cambios con respecto al 2012. Espero que, al menos, si no hay dinero para hacer grandes inversiones, prime el sentido común y la sensatez, actitudes siempre necesarias para optimizar los recursos cuando son escasos.

DESPIECE 1
Enseñar al que no sabe (o dice no saber)
La inspectora de trabajo, Cristina Cenalmor, se decanta por una función pedagógica. Al respecto, enfatiza que “se intenta requerir, ser constructivo y lograr el cumplimiento de la norma como fin de nuestra actuación”. El acta de infracción queda como último recurso, porque –dice la inspectora- “en materias como la Seguridad Social, y especialmente en la época en que nos encontramos, se debe sancionar cuando hay incumplimiento manifiesto”.
Cristina Cenalmor es Inspectora de Trabajo y Seguridad Social desde el 2006, habiendo sido transferida a la Inspecció de Treball de Catalunya en 2010. Actualmente forma parte del equipo especializado en materia de discriminación por razón de sexo y conciliación de vida familiar, personal y profesional, función que compagina con actuaciones generalistas en materia laboral y de prevención de riesgos laborales. Es también profesora asociada del área de Derecho del Trabajo en la Universitat Autónoma de Barcelona (UAB).
Cenalmor constata que la evaluación del riesgo psicosocial es una asignatura pendiente de una mayoría de empresas. Se trata de un riesgo infravalorado aún en nuestra sociedad, que sólo con la contumacia inspectora será percibido en unos años como una más de las leyes sociales de obligado cumplimiento.

DESPIECE 2
El número de inspectores está por debajo de la media europea
La ITSS tiene en España una carga de trabajo importante a instancias de ciudadanos y sindicatos. Se estima que la Inspección española necesitaría doblar su plantilla -que es de unos 900 inspectores- para igualar el ratio promedio de inspectores de trabajo/trabajadores de la UE (sólo la de los 15). En función de las fluctuaciones de la población laboral española, a cada inspector le corresponderían entre 18.000 y 23.000 trabajadores, una cifra que hace evidentes las dificultades que afronta el cuerpo para desarrollar su cometido, y que sería también una de las causas –aunque no la única- de nuestra elevada siniestralidad laboral.
Pese a todo, Cristina Cenalmor manifiesta su desacuerdo con los datos citados –publicados en algunos medios de prensa-, y aclara que “al menos, en la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Barcelona ahora disponemos de la plantilla adecuada a nuestra actuación”.
La acción inspectora está determinada, cada día en mayor medida, por la programación y planificación, lo que conlleva la disminución de la visita por iniciativa del inspector. La situación ha sido propiciada por la legislación, que establece que la actuación por propia iniciativa de los inspectores se sujetará a criterios de eficacia y de oportunidad, acomodándose a la programación vigente en la inspección de su destino (art. 22.3 Reglamento Funcionamiento, R. D. 128/2000). Esto podría suponer una merma de la eficacia de una inspección por sorpresa. A este respecto, Cenalmor disiente y puntualiza que “el hecho de la programación y planificación de las actuaciones por la Jefatura de Inspección en ningún caso anula el factor sorpresa en la visita de inspección”.
Al reto de seguir reduciendo los accidentes laborales, la Inspección añade el de vigilar la prevención del riesgo psicosocial, el segundo problema de salud laboral que, sin embargo, parece ‘invisible’ en nuestros días.

© Manuel Domene Cintas. Periodista

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